Flash Fiscal

Reforma en Materia de Créditos de Vivienda e INFONAVIT

El pasado 21 de febrero de 2025, se publicó un decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social por el Poder Ejecutivo CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.

Aspectos Clave de la Reforma:

  1. Aportaciones del patrón aun cuando no labore el trabajador: este cambio implica que los empleadores deben seguir efectuando los descuentos, incluso en situaciones de incapacidad o ausencia del trabajador, conforme a lo establecido por la Ley del Seguro Social.
  2. Responsabilidad de los Empleadores
    Se establece que los empleadores deben continuar realizando los descuentos de los créditos de vivienda y efectuar los pagos de amortización, incluso en casos de incapacidad o ausencia del trabajador, conforme a lo establecido en la Ley del Seguro Social. Esta modificación implica que la responsabilidad patronal en cuanto a los descuentos no se suspende, aún cuando el trabajador esté ausente o incapacitado.
  3. Programa de Arrendamiento Social
    El INFONAVIT pondrá en marcha un programa de arrendamiento de viviendas construidas o administradas por el Instituto. Este programa será dirigido a los trabajadores con al menos un año de cotización y priorizando a quienes no tengan vivienda propia y cuenten con menor salario. El trabajador podrá utilizar la subcuenta de vivienda como garantía para el arrendamiento.
  4. Cláusulas en el Contrato de Arrendamiento
    Los contratos de arrendamiento deberán incluir:
    • Esquemas de renovación del contrato.
    • Cálculo de las rentas sin fines de lucro.
    • Derecho de opción de compra.
    • Mecanismos de terminación anticipada.
  5. Reducción en la Estructura del INFONAVIT
    Se reduce el número de miembros en los órganos colegiados del INFONAVIT. La Asamblea General pasará de 45 a 30 miembros, y el Consejo de Administración de 15 a 12. Es importante señalar que no habrá remuneración para los integrantes de estos órganos.
  6. Creación de una Empresa Constructora Filial del INFONAVIT
    El INFONAVIT constituirá una empresa filial dedicada a la construcción de viviendas, la cual no será considerada paraestatal.
  7. Suspensión de las Aportaciones Patronales
    La obligación patronal de aportar el 5% del salario a la subcuenta de vivienda se suspenderá únicamente en casos de ausencias por incapacidad conforme a la Ley del Seguro Social. Sin embargo, los empleadores seguirán realizando los descuentos para la amortización de los créditos otorgados por el INFONAVIT, aún en esos casos.
  8. Inversiones en Vivienda del INFONAVIT
    Las inversiones en proyectos de vivienda no serán consideradas como gastos de administración, debiendo generar rentabilidad.
  9. Fiscalización del INFONAVIT
    La Auditoría Superior de la Federación será la encargada de fiscalizar las actividades del INFONAVIT, lo que implica una mayor transparencia en el manejo de recursos.
  10. Descuentos a Salarios para Préstamos y Rentas
    Se autoriza el descuento de hasta el 20% del salario para el pago de préstamos de vivienda y hasta el 30% para rentas, siempre con el consentimiento del trabajador.

Vigencia

La reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 22 de febrero de 2025. Los órganos del INFONAVIT deben integrarse en un plazo máximo de 30 días.

Prórrogas en los Pagos de Amortización

En caso de que un trabajador deje de recibir salario, se concede una prórroga para el pago de las amortizaciones del crédito por concepto de capital e intereses ordinarios, lo que permitirá a los trabajadores continuar con sus obligaciones sin que se vean afectados por situaciones de falta de ingresos.

Impacto para las Empresas

Las empresas deben estar preparadas para enfrentar los retos administrativos derivados de estos cambios, en especial en lo que respecta a la gestión de los descuentos y pagos de los créditos de vivienda. Este nuevo panorama implicará un esfuerzo adicional en el cumplimiento de las obligaciones patronales relacionadas con los créditos de vivienda y los programas de arrendamiento social.

Contacto:

info@ggtz.com.mx

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